Baja voluntaria contrato indefinido
Los trabajadores pueden desear dimitir voluntariamente. Les explican cómo deben hacerlo y cuáles son sus derechos y obligaciones.
Dimisión por motivos personales (reservas)
Actualizado: 08/12/2022
Un trabajador puede rescindir su contrato con la empresa en cualquier momento sin necesidad de alegar ningún motivo. Se admite cualquier tipo de contrato: indefinido, temporal, en prácticas, etc. Si el trabajador desea darse de baja voluntariamente, puede hacerlo notificándolo a la empresa. Sin embargo, siempre debe ser una decisión libre del trabajador y no impuesta por el empresario.
¿Cuándo no es necesario ofrecer la jubilación voluntaria?
Es muy importante que sólo dimitas cuando realmente lo desees.
Algunos empresarios presionan a los trabajadores para que se acojan al despido voluntario cuando en realidad sólo pretenden "deshacerse" del trabajador sin pagarle la indemnización por despido que realmente le corresponde.
Quizás te interesa:Cómo pedir una excedencia laboralIncluso si la empresa modifica sustancialmente el contrato o las condiciones (jornada, días de trabajo, días de descanso, funciones), envía al trabajador a otro centro alejado de su domicilio, no le paga, le maltrata la empresa o los compañeros, cambia de empresario, se traslada de una empresa a otra, etc. No es necesario solicitar el despido.
En estos casos, el trabajador no está obligado a ofrecer la baja voluntaria. La ley facilita otras vías para demandar a la empresa y extinguir la relación laboral sin perder el derecho a indemnización y la posibilidad de solicitar prestaciones por desempleo.
El despido voluntario es un derecho de los trabajadores que puede ejercerse en cualquier momento de la relación laboral, y nadie está obligado a seguir trabajando.
No obstante, en función del tipo de contrato, es muy posible que el trabajador deba respetar el denominado plazo de preaviso.
La dimisión voluntaria, en cambio, implica que el trabajador pierde el derecho a cobrar de la empresa y a percibir prestaciones por desempleo.
Quizás te interesa:Contrato tipo empleada hogarPor todo ello, es aconsejable tomar una decisión basada en un conocimiento profundo de las obligaciones y derechos del trabajador y de las cláusulas específicas del contrato en cuestión.
Métodos de jubilación
Los trabajadores no pueden seguir trabajando contra su voluntad y existen varias opciones, como la dimisión voluntaria o el abandono, también con el mismo resultado.
Dimisión voluntaria
La dimisión por motivos personales es la forma más habitual cuando un empleado desea poner fin a su relación laboral con una empresa. Para ello, el trabajador debe manifestar explícitamente, tanto verbalmente como por escrito, que desea dejar la empresa en una fecha determinada. Esta fecha es el último día laborable de la empresa.
Esta decisión puede comunicarse únicamente de forma verbal, pero también es aconsejable hacerlo por escrito, ya sea en papel o a través de otros medios como el correo electrónico o WhatsApp.
La dimisión voluntaria es un derecho de los trabajadores consagrado en el artículo 49 D del Código Laboral.
1. se rescinde el contrato de trabajo.
(...)
(d) mediante preaviso al trabajador de acuerdo con el plazo de preaviso previsto en el convenio colectivo o la costumbre local.
(Artículo 49, apartado 1, letra d), del Pacto de los Trabajadores).
En consecuencia, de conformidad con los convenios colectivos y la práctica local, los empleados deben presentar su notificación de rescisión en tiempo y forma. Algunas empresas exigen a los empleados que presenten su preaviso al menos dos semanas antes de la fecha prevista para el cese.
Sin embargo, depende de lo que se establezca en el contrato. Por lo tanto, es importante que el trabajador compruebe el contenido exacto del contrato e informe de la baja voluntaria de acuerdo con los términos del mismo para asegurarse de que no incumple esa parte del contrato.
El periodo de preaviso suele especificarse en el convenio colectivo y depende del grupo al que pertenezca el trabajador. Si no se especifica ninguna fecha en el contrato, es aconsejable avisar con 15 días de antelación.
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