Como crear una fundación en España
Las fundaciones son organizaciones sin ánimo de lucro para el bien común que benefician a diversos colectivos. La inclusión social, el medio ambiente, la lucha contra la pobreza, la defensa de los derechos humanos, el deporte, la ciencia, la educación, la cultura, el trabajo y el desarrollo de programas sanitarios suelen ser sus áreas de actividad.
¿Cómo crear una fundación paso a paso?
Las fundaciones tienen su propio marco jurídico y deben cumplir una serie de parámetros en el momento de su creación y en su trabajo diario.
Elaboración de leyes y reglamentos básicos
En primer lugar, hay que crear unos estatutos que reflejen la voluntad del fundador, es decir, el fin social de la fundación. La Ley nº 50/2002 de Fundaciones (26 de diciembre de 2002) contiene sólo lo necesario, pero los expertos recomiendan simplificar la redacción al máximo y aclarar la relación entre la empresa y la fundación.
1º Preparación de los estatutos
Las fundaciones se rigen por estatutos, que reflejan la voluntad de los fundadores pero deben tener el contenido mínimo exigido por la ley (en la versión web puede descargarse unos estatutos tipo facilitados por la AEF). Se recomienda simplificar al máximo la redacción y aclarar la relación entre la PYME y la fundación.
2º Solicitar un certificado negativo al registro de fundaciones correspondiente (estado o territorio).
Quizás te interesa:En qué trabajo se gana más dinero en España3º - Ir al banco e ingresar la primera donación a nombre de la fundación. Si no se trata de una donación económica, presente un informe de valoración de los bienes en cuestión elaborado por un experto independiente.
4º - Los estatutos y la escritura de fundación se elevarán a escritura pública ante notario. Esto incluye los datos del fundador, la intención de crear una fundación, un certificado bancario o un informe pericial, los estatutos, la designación y el cargo de los patronos y su consentimiento.
5º - Solicitar el NIF provisional en la Agencia Tributaria y pagar el impuesto de sucesiones y actos jurídicos documentados en la Agencia Tributaria (modelo 600, sin campo de declaración).
6º - Solicitud de inscripción en el registro de fundaciones. El certificado oficial, los estatutos, el NIF provisional, los certificados fiscales y la carta de aprobación del administrador (si no se dispone ya de ellos) deben presentarse allí. Una vez registrada, la fundación adquiere personalidad jurídica.
A partir de ese momento, queda sujeta a un órgano administrativo denominado protectorado y es gestionada por un patronato, que debe estar formado por al menos tres patronos (personas físicas o jurídicas).
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