Como denunciar a una empresa que no paga
Sabemos lo importante que es mantener buenas relaciones con las empresas, pero no pagar uno o varios salarios puede meterte en problemas financieros. No porque una empresa tenga problemas económicos dejan de llegar facturas. reclamador.es quiere responder a una de las preguntas más habituales que recibimos de los abogados laboralistas.
La empresa no me paga el sueldo: ¿qué debo hacer?
Si su empresario no le paga el salario o su complemento, puede reclamar. Si hablas con el responsable y no obtienes lo que te corresponde, debes ponerte en contacto con un abogado laboralista que sepa de reclamaciones de pago.
"La empresa no quiere pagarme, pero yo tampoco quiero que me despidan". Así suelen empezar las conversaciones entre abogados y trabajadores. Si la empresa deja de pagarte el sueldo, tienes estas opciones.
- Si quieres seguir en la empresa, puedes reclamar la cantidad que te deben.
- Usted sigue trabajando para la empresa y presenta una demanda de extinción del contrato por incumplimiento material de la empresa. Además, puede reclamar el pago del importe adeudado y una indemnización por despido equivalente a 33 días de salario en función del número de años que haya trabajado.
La primera opción, es decir, exigir el importe adeudado, siempre causa temor entre los trabajadores. Si quiere cobrar su deuda pero no quiere renunciar a su empleo, debe presentar esta solicitud.
Si la empresa le despide como represalia por haber presentado una demanda contra usted, el despido carece de validez. La empresa debe readmitirte y pagarte el salario que habrías perdido por el despido.
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Póngase en contacto con un abogado laboralista para saber cuándo puede presentar una demanda por impago de salarios para proteger sus derechos como empleado. Un abogado no es obligatorio para este tipo de procedimientos, pero se recomienda encarecidamente, ya que existen requisitos formales, procedimientos y ciertos plazos para conceder estas reclamaciones.
Si existe la posibilidad de presentar una reclamación y recibir un pago, debe presentarse una solicitud al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Dispone de un año a partir de la fecha de impago del salario para presentar una reclamación.
Si no se llega a un acuerdo con la empresa a través de la conciliación, el siguiente paso es acudir a los tribunales.
La principal obligación del empresario es pagar al trabajador, pero en muchos casos la empresa le paga con retraso o simplemente no le paga. ¿Qué debe hacer el trabajador en este caso?
Si una empresa no paga el salario a un trabajador, éste puede proceder de dos maneras: Puede reclamar el importe adeudado o, además del pago, solicitar la rescisión del contrato.
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Última actualización: 20/01/2022
Los trabajadores pueden reclamar cualquier cantidad que les adeude la empresa. Puedes reclamar cualquier cantidad adicional a tu salario, incluso si la empresa no te ha pagado un salario mensual, por ejemplo, si la empresa te paga menos de lo que debería o si la empresa no te ha pagado pluses o horas extraordinarias como exige el convenio colectivo.
El procedimiento se inicia necesariamente con la presentación de la denominada "Papeleta de Conciliación". Se trata de un documento escrito que se presenta a la administración y que se exige antes de llevar el caso ante los tribunales. Debe indicar claramente la cantidad de dinero que se reclama y el concepto en que se basa. Se ha publicado una guía en la que se describe el contenido de la carta y cómo presentarla, que puede consultarse en el siguiente enlace: Carta de conciliación. La guía muestra que los distintos municipios tienen diferentes modelos de formularios de conciliación, pero todos están estructurados de la misma manera. Por ejemplo, el de la provincia de Madrid puede consultarse pinchando en este enlace (pdf).
Se recomienda que los importes de las facturas se indiquen siempre en bruto.
Ejemplo: Carlos no ha cobrado su salario mensual de junio ni su paga extra de verano, que también cobra en junio, por lo que debe expresarse así a la hora de facturar.
Concepto. | AmoNT |
Salarios Junio | 1.000 euros brutos |
Prima de verano | 1.000 euros brutos |
TOTAL | 2.000 BRUTO |
En caso de retraso en el pago, la ley también impone un interés del 10% sobre el importe adeudado. En este ejemplo, Carlos podría ser condenado a pagar 2.000 euros más un 10% de intereses de demora.
Es muy útil recordar que el plazo para reclamar es de un año a partir del importe que debería haberse abonado. Transcurrido este periodo de un año, ya no es posible reclamar el pago a la empresa. En este ejemplo, Carlos tiene hasta junio del año siguiente para reclamar la cantidad que le debe la empresa.
(b) exigir la rescisión del contrato de trabajo por impago o incumplimiento
Muchos trabajadores están tan hartos del impago o del retraso en el pago de los salarios por parte de la empresa que llegan a una situación insostenible y se plantean la baja voluntaria. Esto significa que el trabajador pierde su empleo no por voluntad propia, sino por incumplimiento del empresario, y también pierde el derecho a percibir prestaciones de desempleo tras la jubilación.
¿Qué debe hacer?
En estos casos, la Ley de Normas Laborales establece un procedimiento por el que el trabajador puede solicitar la extinción y rescisión del contrato de trabajo por impago y recibir una indemnización igual al importe del despido improcedente (el máximo legal) y la prestación o subsidio por desempleo a que tenga derecho en función de las cotizaciones acumuladas.
Artículo 50: Despido a petición del trabajador.
(1) Que exista justa causa para la solicitud de extinción del contrato por parte del trabajador.
[...]
(b) Impago o retraso persistente en el pago del salario acordado.
[...]
(2) En este caso, el trabajador tiene derecho a la indemnización prevista en el despido improcedente.
En este caso, se deberá presentar una Papeleta de Conciliación solicitando la extinción del contrato de trabajo por impago o mora, pudiendo solicitar al mismo tiempo no sólo la extinción de la relación laboral sino también el abono de las cantidades adeudadas por la empresa.
Ejemplo: El empresario de Mario no le ha pagado ningún salario desde marzo y, por tanto, decide despedirle a causa de esta deuda. Al mismo tiempo que se le despide, debe reclamar los salarios de marzo, abril, mayo, junio, la paga de verano y julio.
Ejemplo: Juan siempre ha cobrado tarde de su empresa, y en los últimos seis meses siempre ha cobrado con dos meses de retraso, es decir, su sueldo de febrero lo cobró en abril y el de marzo en mayo.... Debería pedir el despido y, al mismo tiempo, reclamar todas las cantidades que no ha percibido hasta el momento.
Para hacer esta reclamación, no es necesario que la empresa haya reclamado la cantidad adeudada en el pasado.
La presentación de un formulario de arbitraje y el posterior litigio no extinguen por sí solos la relación laboral. Si el juez decide que ha habido infracción por parte de la empresa, debe declararla extinguida. El empleado sigue estando obligado a presentarse a trabajar, pero hay formas de abstenerse de hacerlo, como se explica a continuación.
La jurisprudencia exige que el impago no sea esporádico y que las circunstancias y el incumplimiento sean graves. Esto puede entenderse como más de dos mensualidades +/- o más de cuatro mensualidades o más de 11 días de retraso en los pagos. Sin embargo, cuanto mayor sea el endeudamiento y más largo el retraso, más probable es que esto ocurra.
El motivo de la incapacidad de la empresa para pagar o la culpa del empresario en estos impagos no influyen en la reclamación. El juez sólo tendrá en cuenta si el impago es grave y sustancial.
En el juicio, el trabajador puede reclamar los salarios adeudados hasta ese momento, y el hecho de que la empresa se haya conformado con el pago de la cantidad antes de la vista no es en sí mismo motivo para que el juez no resuelva el contrato porque hubo un impago anterior.
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