Contrato de formación sueldo
Hoy aclaramos dudas sobre el SMI en 2022 y el impacto en estos dos tipos de contratos: Tras la publicación del Decreto PCM/244/2022 el 30 de marzo en el BOE, los salarios para los contratos de formación y prácticas en 2022 serán los siguientes.
¿Cuáles son los salarios de los contratos de formación alternativos en 2022?
Según el artículo 11, apartado 2, letra m), del Estatuto de los Trabajadores, el salario del contrato de formación dual en 2022 es el salario previsto en su convenio colectivo para este tipo de contrato.
En caso contrario, no podrá ser inferior al 60% el primer año y al 75% el segundo año de la cuantía prevista en el contrato para ese grupo profesional o puesto de trabajo. En proporción al tiempo de trabajo efectivo, por supuesto.
En ningún caso el salario será inferior a la relación del salario mínimo interprofesional.
Desde el RD Ley 32/2022, la jornada para esta modalidad se especifica como a tiempo parcial o a tiempo completo.
Quizás te interesa:Vacaciones contrato media jornadaEn el caso del empleo a tiempo completo, el 65% de la mano de obra está empleada el primer año del contrato y el 85% el segundo año del contrato; las horas restantes de la jornada se utilizan para la formación; las horas restantes de la jornada se utilizan para la formación; las horas restantes de la jornada se utilizan para la formación.
Conclusión: si el salario no está especificado en el convenio colectivo, el salario del contrato de formación dual en 2022 no debe ser inferior al 65% el primer año y al 75% el segundo año de la cuantía fija del grupo profesional para estas funciones.
En ningún caso será inferior al 65% o al 85% del SMI real.
¿Qué pasará con los salarios y la seguridad social de los contratos de formación dual en 2022?
A la hora de elaborar un régimen salarial para los contratos de formación, hay que tener en cuenta el citado artículo 11 y el SMI para 2022.
Para simplificar, hagamos un ejemplo de cálculo basado en el SMI. Si no se realiza el cálculo prorrateado, el salario será el 65 % o el 85 % del salario mínimo de 2022.
Quizás te interesa:Demanda de despido improcedentePor ejemplo, en el caso de un contrato de formación para el primer año de formación, para el que no se especifica ningún nivel salarial en el contrato, el salario sería de 650 EUR/mes, resultante de la aplicación del 65% del SMI. Se cobraría una tasa adicional sobre este importe, si procede, y si es prorrateado, se cobraría la tasa adicional correspondiente de acuerdo con el contrato.
Acuérdate. Si el salario de un contrato de formación rotativa no está especificado en el convenio colectivo, la cuota debe calcularse utilizando el 65% o el 75% (para el segundo año) del salario especificado en el convenio colectivo para el grupo profesional o la función a desempeñar.
Dado que ahora los contratos de formación dual también pueden celebrarse a tiempo parcial, el cálculo se realiza en función de las horas efectivamente trabajadas.
El salario mínimo debe incrementarse con el complemento salarial especificado en el convenio colectivo o el contrato de trabajo.
Para la seguridad social en los contratos de formación alternativa, el importe para 2022 es de 149,03 euros, de acuerdo con la instrucción PCM/244/2022.
Hay que tener en cuenta que la Seguridad Social de los contratos de formación a turnos está bonificada al 100% (75% si el número de trabajadores es igual o superior a 250), por lo que la empresa no tiene que pagar la Seguridad Social de estos trabajadores durante la vigencia del contrato.
Los costes laborales del trabajador no aumentarían debido a la seguridad social, ya que los contratos de formación suelen estar subvencionados si se cumplen los requisitos de acceso.
Encontrará información detallada sobre la base de cotización diaria y mensual para el año en curso, así como sobre todas las cotizaciones temporales, en nuestro sitio web, en la rúbrica "Cotizaciones alternativas a la formación en 2022".
Requisitos para los contratos de formación y aprendizaje Beneficios para las empresas y derechos de los trabajadores.
¿A quién va dirigido este tipo de contrato?
Fecha de renovación: 25 de julio de 2021.
El objetivo de este tipo de contrato es ayudar a los jóvenes con una formación insuficiente a encontrar su primer empleo e incorporarse al mundo laboral mediante una formación teórica y práctica. Por otro lado, las empresas pueden reducir significativamente sus cotizaciones a la Seguridad Social y sus costes laborales.
Para suscribir un contrato de formación, los trabajadores no necesitan tener un título universitario, de formación profesional o equivalente. En ese caso, se puede utilizar otro contrato subsidiario, el contrato de prácticas, pero no el contrato de formación.
Para entender la diferencia entre un contrato de formación y un contrato de prácticas, a continuación se ofrece un ejemplo.
María ha terminado la carrera de Derecho pero no encuentra trabajo y surge la oportunidad de trabajar como secretaria de un alto ejecutivo. Como carece de la formación específica para esta profesión de secretaria, se puede celebrar un contrato de formación. En virtud del contrato de formación, la empresa proporciona a María formación teórica profesional (25% del tiempo de trabajo), mientras que el resto del tiempo trabaja para la empresa y recibe una remuneración por ello. Al final de la formación, el alumno recibe un certificado o una cualificación profesional como especialista en secretariado.
Sin embargo, si María quiere adquirir experiencia práctica en un bufete de abogados, no puede ser contratada con un contrato de formación porque ya tiene la formación requerida (licenciatura universitaria en Derecho). En este caso, no se trata de un contrato de formación, sino de un contrato en prácticas.
Los contratos de aprendizaje están destinados a los jóvenes que no han recibido una formación específica para un oficio concreto.
Requisitos de los contratos de prácticas y aprendizaje
- Son elegibles todas las personas que tengan entre 16 y 25 años en el momento de la firma del contrato.
- No hay límite de edad para grupos vulnerables como personas con discapacidad, personas en situación de exclusión social, participantes en escuelas taller, talleres de empleo y programas de formación profesional.
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