Contrato mercantil y paro

Contrato mercantil y paro

En los últimos años ha surgido una tendencia ya generalizada en el mercado laboral español. Esto significa basarse en el tipo de relación laboral consagrada en los contratos comerciales entre empresas y profesionales. El objetivo de la empresa es encontrar un trabajador al menor coste posible, con bajos costes laborales, impuestos y obligaciones legales. Veamos en qué consiste este tipo de contrato y qué hay que tener en cuenta.

¿Qué es un contrato comercial?

Contrato mercantil y paro

En su definición más amplia, también conocida como contrato mercantil, es un contrato jurídico bilateral de carácter comercial celebrado entre dos empresas, dos autónomos o una empresa y un autónomo.

En las relaciones laborales, un contrato de prestación de servicios entre una empresa y un trabajador autónomo se denomina contrato mercantil.

¿Por qué contratos comerciales?

Para algunos trabajos, sobre todo en el sector comercial, las empresas prefieren no contratar personal. Así se evita pagar salarios fijos y cotizaciones a la Seguridad Social. En su lugar, ofrecen un contrato comercial en el que el vendedor cobra una comisión por venta. La empresa sólo paga una comisión cuando se vende algo, por lo que el coste es directamente proporcional al volumen de negocio.

Por tanto, los trabajadores no son empleados de la empresa, sino que están dados de alta como autónomos y cotizan a la Seguridad Social. En teoría, el sistema parece muy favorable a las empresas, salvo por el matiz de que los vendedores pueden trabajar para varias empresas, lo que en algunos casos compensa el trabajo por cuenta propia.

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Los trabajadores autónomos que perciben prestaciones de desempleo no pueden celebrar al mismo tiempo contratos comerciales.

Aunque los contratos mercantiles suelen implicar el empleo a comisión, las prestaciones por desempleo y este contrato son incompatibles, incluso si el profesional no está cubierto por la seguridad social o sólo percibe una pequeña comisión.

Contratos comerciales y desempleo

Contrato mercantil y paro

Si un autónomo desea trabajar con un contrato mercantil, debe ponerse en contacto con su oficina de empleo para que se suspenda el pago de las prestaciones.

Este paso es muy importante porque si el SEPE descubre que un autónomo que estaba cobrando el paro ha accedido a un trabajo con un contrato mercantil con una empresa, el trabajador será sancionado.

Por difícil que sea, el trabajador debe decidir en algún momento de su vida laboral qué opción es más ventajosa: cobrar directamente el subsidio de desempleo y disfrutar de tiempo libre durante la jornada laboral, o aceptar un contrato mercantil con la empresa.

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Sin embargo, en los últimos años, como incentivo para frenar el desempleo juvenil, el gobierno ha hecho una excepción a esta norma: los menores de 30 años que puedan cobrar prestaciones por desempleo pueden seguir recibiéndolas aunque se den de alta como autónomos y sigan percibiendo prestaciones contributivas.

De lo contrario, como se ha mencionado al principio, la remuneración de cualquier tipo, ya sea mercantil o en virtud de un contrato general, sería incompatible con las prestaciones de los autónomos. Si esto no se controla, las posibilidades de fraude entre profesionales son infinitas, y ¿cuáles serían las consecuencias para el fisco y la Seguridad Social?

Conozca todo lo que necesita saber sobre las prestaciones por inactividad para autónomos.

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Resumen

José

¡Bienvenido a mi humilde blog! Soy José, empresario y novato escritor. Estudié ADE y después de años trabajando voy a intentar compartir mi conocimiento con todos vosotros. Si necesitas consejos y experiencias sobre este mundillo, no dudes en leerme.

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