Cuánto se paga en Extremadura por el impuesto de sucesiones

Las donaciones de hasta 300 000 EUR se subvencionan al 99 %, mientras que las de 600 000 EUR o más siguen tributando íntegramente. Esto significa que el impuesto sobre donaciones se paga donde vive el donante. Así que si vives en Extremadura, tienes que pagar el impuesto íntegro sobre la cantidad percibida.
- Estas cuotas oscilan entre 611 y 200 000 euros.
- Esto significa que un residente en Extremadura que reciba una donación de 800.000 euros deberá pagar 200.000 euros.
- La misma cantidad en Castilla y León, pero cero en Cantabria y apenas 2.000 euros en Madrid y Murcia.
Estas cantidades no cambiarán en Extremadura, ya que la nueva ley prevé una desgravación del 99% para los regalos a cónyuges, padres e hijos si la base imponible es inferior a 300.000 euros. Actualmente, estos regalos se pagan entre el 7,65% y el 25,5%.
Por ejemplo, un donatario de 120.000 euros tendrá que pagar unos 19.000 euros; a partir de mayo, la cantidad será inferior a 200 euros; los donatarios de hasta 600.000 euros obtendrán una rebaja fiscal del 50%; una donación de 400.000 euros se convertirá en 80.000 euros y tendrá que pagar la mitad con la nueva ley.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Extremadura. Posibilidades con el régimen actual

Por lo tanto, las donaciones que superen los 600 000 EUR estarán sujetas al tipo impositivo íntegramente superior, como hasta ahora. Una de las finalidades de este incentivo fiscal es dar un trato preferente a cuestiones como la transmisión de empresas por parte de empresas familiares.
¿Qué ocurre con las donaciones en Extremadura?
Las donaciones de hasta 300 000 EUR se subvencionan al 99 %, mientras que las de 600 000 EUR o más siguen tributando íntegramente. Esto significa que el impuesto sobre donaciones se paga donde vive el donante. Por lo tanto, si vives en Extremadura, tienes que pagar el impuesto íntegro sobre la cantidad percibida.
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- Estas cuotas oscilan entre 611 y 200 000 euros.
- Esto significa que un residente en Extremadura que reciba una donación de 800.000 euros deberá pagar 200.000 euros.
- La misma cantidad en Castilla y León, pero cero en Cantabria y apenas 2.000 euros en Madrid y Murcia.
Estos importes se mantienen en Extremadura, ya que la nueva ley prevé una desgravación del 99% para los regalos a cónyuges, padres e hijos si la base imponible es inferior a 300.000 euros. Actualmente, estos regalos se pagan entre el 7,65% y el 25,5%.
Así, un donatario de 120.000 euros tendrá que pagar unos 19.000 euros; a partir de mayo, la cantidad será inferior a 200 euros; hasta 600.000 euros podrá acogerse a una desgravación fiscal del 50%; una donación de 400.000 euros se convertirá en 80.000 euros y tendrá que pagarse por mitad según la nueva ley.
Las donaciones que superen los 600.000 euros tributarán íntegramente al tipo impositivo más alto, como hasta ahora. Una de las finalidades de este incentivo fiscal es dar un trato preferente a cuestiones como la transmisión de empresas por parte de empresas familiares.

Los impuestos sobre sucesiones y donaciones gravan las herencias y donaciones. Los municipios son los encargados de administrarlas y la repercusión económica en los herederos de una herencia varía mucho en Madrid, Asturias y Andalucía.
Los impuestos sobre sucesiones y donaciones son impuestos directos que gravan el patrimonio y los ingresos económicos de una persona. También es un impuesto progresivo, es decir, cuanto mayor es la base imponible, mayor es el tipo impositivo.
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Cálculo del impuesto de sucesiones
Impuesto de sucesiones por municipio Noticias sobre el impuesto de sucesiones por municipio
Caso práctico: Cuando no hay importe de herencia |
Cálculo del impuesto de sucesiones
Para simplificar, dejemos a un lado los regalos y centrémonos en la herencia. Lo primero que hay que tener en cuenta es que este impuesto debe declararse en un plazo de seis meses a partir del fallecimiento del causante o de la fecha en que se complete la declaración de defunción.
Para calcular el importe de la liquidación o el importe total de una herencia es necesario realizar varios cálculos, como se indica a continuación.
a) Calcular el valor real de los bienes y derechos + efectos familiares (inmuebles) = valor total de los bienes.
b) Restar a esta cantidad los costes, pasivos y gastos deducibles = patrimonio neto.
(c) Repartir entre cada heredero según el testamento o las normas = herencia individual.
(d) Añadiendo el seguro de vida (si lo hay) = renta imponible.
(e) Aplicación de la reducción = base imponible.
(f) Tipo impositivo o porcentaje aplicable = cuota íntegra.
(g) Se aplica el factor multiplicador = cuota tributaria.
(h) Aplicación de deducciones y bonificaciones = pagos totales.
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