Definición de sociedad civil
En general, una pareja de hecho es un acuerdo entre partes en el que varias personas aportan dinero, bienes u otros activos para lograr un objetivo común que sea beneficioso para todos y proporcional a la contribución de cada parte.
Al tratarse de un acuerdo privado y confidencial entre las partes y no de una empresa comercial como una sociedad anónima (por ejemplo, una sociedad de responsabilidad limitada o una sociedad comanditaria), se rige por el Código Civil y las acciones de los socios son individuales frente a terceros y carecen de personalidad jurídica.
Las características generales de las parejas de hecho son las siguientes.
- La asociación debe estar formada por al menos dos personas.
- La pareja de hecho nace con la firma de un pacto.
- Debe tener un objetivo común para todos y ser legal.
- El objetivo común debe ser la obtención de beneficios.
- Todos los socios deben compartir los beneficios y las pérdidas.
- Pueden ser capitalistas o socios industriales, los primeros aportando bienes y dinero y los segundos aportando puestos de trabajo e industria.
- Los socios tributan a través del IRPF como personas físicas y autónomos y no como la empresa en su conjunto.
Existen diferentes tipos de sociedad civil en función de la organización.
- Sociedad de derecho civil: el objeto de este tipo de sociedad es un fin específicamente definido, como el ejercicio de una profesión, la percepción de los frutos del trabajo, las acciones, etc.
- Sociedad universal para todos los activos corrientes. Los bienes presentes pasan a ser propiedad de todos los socios, pero los bienes futuros por herencia o donación no, pero sí los frutos así obtenidos.
- Participación universal en todos los beneficios: Los bienes presentes y futuros que los copropietarios adquieran en el futuro y sus ganancias son propiedad común de todos los copropietarios.
La normalización también puede dar lugar a que haya distintos tipos de empresas.
Quizás te interesa:Sociedad civil profesional tiene personalidad jurídica- Sociedad anónima de derecho civil: se constituye mediante la presentación de documentos oficiales ante notario y goza de cierta personalidad jurídica.
- Unión civil privada: no tiene personalidad jurídica, ya que los acuerdos entre los miembros de la pareja son privados y confidenciales.
Este artículo web explica los siguientes puntos.
- ¿Qué es la sociedad civil?
- Características de una empresa civil
- Ventajas e inconvenientes de las uniones civiles
- ¿Cómo crear una empresa civil?
- Cambios en las uniones civiles desde 2016
¿Qué es una unión civil?
Una pareja de hecho es un contrato privado conjunto entre dos o más personas que pretenden ejercer juntas una actividad empresarial.
Estas personas pueden optar por aportar mano de obra como "socios industriales" o bienes o dinero como "socios de capital".
Al igual que en el caso de la comunidad de bienes, esta opción es recomendable para las pequeñas empresas que desean una inversión baja y facilidad de funcionamiento. Sin embargo, no se utiliza habitualmente.
Las parejas de hecho, sin embargo, se constituyen "expresamente" para participar en la vida económica y obtener beneficios, aunque también hay copropiedad y se espera que cada miembro de la pareja aporte los bienes, el dinero y el trabajo necesarios.
Quizás te interesa:Tipos de sociedades civilesA partir de 2016, las empresas civiles que se dediquen a fines comerciales, es decir, a actividades económicas, tendrán que pagar el impuesto de sociedades, mientras que antes pagaban el impuesto sobre la renta de las personas físicas en régimen de imputación de rentas.
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Características de la sociedad civil
- Un "contrato de sociedad civil" que detalle la naturaleza de la empresa, la aportación de cada socio (en metálico o en especie), el reparto de beneficios y pérdidas de cada socio, los acuerdos de gestión y representación, y las causas de liquidación y disolución. Se recomienda redactar una escritura pública, necesaria cuando se aportan bienes inmuebles o derechos patrimoniales.infoautónomos pone a disposición de todos los suscriptores un modelo de contrato de unión civil gratuito.
Descargar el acuerdo de unión civil.
- Se requieren al menos dos socios.
- Los socios responden personal e ilimitadamente de las deudas contraídas con terceros. Esto significa que si los activos de la empresa son insuficientes para cubrir sus deudas tras la liquidación, debe responder con sus activos presentes y futuros. Y solidariamente con todos los deudores que pueda haber.
- Las sociedades están sujetas al impuesto de sociedades y, al igual que las empresas, deben llevar una contabilidad y presentar sus libros y cuentas anuales en el registro mercantil. Sin embargo, hasta enero de 2016, los socios estaban separados y tributaban por atribución de rentas en el IRPF.
- Seguridad social: los socios deben darse de alta como autónomos, salvo en casos excepcionales. Si se cumplen las condiciones, siguen teniendo derecho a una cantidad a tanto alzado de 60 EUR.
- Las sociedades civiles no tienen personalidad jurídica propia.
- Está sujeta al Código de Comercio en materia de transacciones comerciales y al Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
- Cada socio es responsable ante la empresa del importe de la contribución acordada contractualmente, más los intereses de demora. También están obligados a indemnizar a la empresa por los daños sufridos. En cambio, la sociedad civil responde ante los socios de la cantidad invertida y de las obligaciones derivadas de la misma.
- En las sociedades civiles son posibles varias formas de gestión y representación, por ejemplo, administrador único, administrador solidario (todos deben firmar) y administrador mancomunado (una firma es suficiente y vinculante para la sociedad). En caso de deudas de la empresa con terceros, la dirección debe tener la autoridad necesaria para representar a la empresa.
- Las sociedades civiles dejan de existir cuando expira el plazo del contrato, cuando se pone fin al objeto social y a las actividades de la sociedad, cuando no se paga la aportación de capital, cuando un socio fallece, se declara insolvente o incapacitado, o cuando se embargan los bienes de la sociedad debido a las deudas del socio.
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