Derecho de suscripción preferente ejemplo
Los derechos de suscripción están permitidos por la Ley de Sociedades tanto para las sociedades anónimas como para las sociedades de responsabilidad limitada.
Este poder es muy importante y en este número explicaremos exactamente en qué consiste, cuál es su finalidad, de qué forma y durante cuánto tiempo se ejerce y cuándo no se ejerce.
Y todo ello respaldado con ejemplos para facilitar la comprensión.
Definición
Los derechos preferentes están a disposición de los accionistas de sociedades mercantiles que tienen derecho a adquirir los títulos emitidos en una ampliación de capital en una proporción que les corresponda y preferiblemente antes que terceros. Sin embargo, es un requisito previo que la aportación de capital sea una aportación en efectivo y no una fusión, escisión o canje de obligaciones convertibles por acciones.
Veamos esta definición por partes.
Quizás te interesa:Balance social de mercadona- El derecho de suscripción preferente es el derecho a la compra preferente de títulos a distribuir por los accionistas en caso de ampliación de capital, y sólo si los accionistas no han suscrito todos los títulos a los que tienen derecho pueden adquirirlos personas ajenas a la empresa.
- Al ejercer este derecho, los accionistas pueden adquirir una serie de títulos en proporción a su participación en el capital social preexistente (más adelante se darán ejemplos).
- El derecho de suscripción no existe si la ampliación de capital se realiza contra aportación en especie (es decir, si la ampliación de capital no se realiza en dinero sino en bienes o derechos con contenido económico), así como en caso de fusión, escisión o conversión de obligaciones convertibles en acciones. Por otra parte, es indiferente que una ampliación de capital se realice con prima de emisión o no.
Objetivo
El derecho de suscripción tiene por objeto garantizar que la participación de los accionistas no se vea reducida en caso de ampliación de capital.
Con este fin, se concede un derecho preferente cuando se adquieren nuevos títulos, que puede ejercerse pero no es obligatorio.
El derecho a suscribir nuevas acciones surge cuando una empresa decide ampliar su capital. En este caso, la ley (Ley de Sociedades de Capital) obliga a los accionistas existentes a ofrecer primero su parte del número de acciones que ya poseen por el importe de la ampliación de capital.
Por esta razón, se habla de capitalización preferente. La razón es que los accionistas actuales tienen prioridad a la hora de reunir capital. Todo ello sirve para contrarrestar la entrada de nuevos socios.
Estas medidas obedecen a dos razones principales.
Quizás te interesa:Franquicias por menos de 1000 euros- Control y correlación constantes del coeficiente de participación: en primer lugar, el control y la correlación del coeficiente de participación siguen siendo los mismos en caso de expansión. Así, los accionistas actuales tienen el control, lo que impide que accionistas externos tomen el control de la empresa. Por este motivo, al igual que otras medidas, se considera una de las medidas más conservadoras en el sector comercial.
- Recompensar" a los accionistas que llevan mucho tiempo en la empresa. Otra razón es que, en caso de ampliación de capital, los accionistas existentes quedarían marginados y podrían perder su margen de maniobra.
Por supuesto, los accionistas no están obligados a ampliar capital, pero tienen derecho a hacerlo si desean ejercerlo. Si se niegan, los demás accionistas están en segunda fila. De este modo pueden aumentar su participación y ofrecer acciones a accionistas externos.
Para más información sobre cómo calcular este valor, consulte el siguiente artículo.
Valor teórico de los derechos de suscripción
Un ejemplo práctico es el siguiente.
Supongamos que una empresa tiene 1 000 acciones por valor de 10 euros cada una. Por tanto, el capital de la empresa es de 10.000 euros. Supongamos que un accionista posee el 5% del capital (50 acciones de 10 euros cada una). Entonces decide ampliar el capital en 5.000 EUR.
En primer lugar, el accionista tendría derecho a conservar su participación actual. Esto significa que el accionista podría adquirir inicialmente el 5% de la ampliación de capital (250 euros). Así, la participación final sería de 750 EUR (75 acciones a 10 EUR) y la participación final sería del 5% (del capital ampliado de 15.000 EUR).
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