Legalmente hasta que día te pueden pagar la nómina

Legalmente hasta que día te pueden pagar la nómina

En nuestro último blog, explicamos qué ocurre cuando una empresa no paga los salarios y cuáles son las obligaciones del empresario para con el trabajador si decide poner fin a la relación laboral.

En este número presentamos la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la cuestión de cuándo se produce un retraso en el pago de los salarios y, por tanto, el derecho a exigir no sólo el pago de los salarios, sino también la extinción del contrato de trabajo.

Puntos clave para el CV sobre el impago de salarios

De todos es sabido que el impago del salario constituye un despido improcedente y así lo ha confirmado una reciente sentencia del Tribunal Supremo.

¿Qué pasa si la empresa no me paga el salario?

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Los trabajadores podían elegir entre seguir trabajando sabiendo que llevaban varios meses sin cobrar su salario o presentar una denuncia por "impago o retraso continuado en el pago del salario pactado", en cuyo caso el incumplimiento de la empresa se consideraría un motivo grave de despido.

Recomendamos leer la entrada del blog "¿Indemnización completa o despido?".

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Los empresarios son los principales responsables de pagar a los trabajadores, pero en muchos casos las empresas pagan tarde o no pagan a sus trabajadores. ¿Qué debe hacer el trabajador en este caso?

Si una empresa no paga el salario a un trabajador, éste puede proceder de dos maneras: Puede reclamar el importe adeudado o, además del pago, solicitar la rescisión del contrato.

(a) Métodos de liquidación

Legalmente hasta que día te pueden pagar la nómina

Actualizado el: 20/01/2022

Los trabajadores pueden reclamar el importe adeudado por la empresa. Puedes reclamar cualquier cantidad adicional a tu salario, incluso si la empresa no te ha pagado un salario mensual, por ejemplo, si la empresa te paga menos de lo que debería o si la empresa no te ha pagado primas o horas extraordinarias como exige el convenio colectivo.

El procedimiento comienza necesariamente con la presentación de lo que se denomina "Papeleta de Conciliación". Se trata de un documento que se presenta a la administración y que es necesario antes de iniciar cualquier procedimiento judicial. Debe indicar claramente la cantidad de dinero que se reclama y el concepto en que se basa. Se ha publicado una guía en la que se describe el contenido de la carta y cómo presentarla, que puede consultarse en el siguiente enlace: Carta de conciliación. La guía muestra que los distintos municipios tienen diferentes modelos de formularios de conciliación, pero todos están estructurados de la misma manera. Por ejemplo, el de la provincia de Madrid puede consultarse pinchando en este enlace (pdf).

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Se recomienda que los importes de las facturas se indiquen siempre en bruto.

Por ejemplo, Carlos no ha cobrado su salario mensual de junio ni la paga extra de verano que también cobra en junio, por lo que al reclamar debe expresarse de la siguiente manera.

Concepto. AmoNT
Salarios Junio 1.000 euros brutos
Prima de verano 1.000 euros brutos
TOTAL 2.000 BRUTO

En caso de retraso en el pago, la ley también impone un interés del 10% sobre el importe adeudado. En este ejemplo, Carlos podría ser condenado a pagar 2.000 euros más un 10% de intereses de demora.

Es muy útil recordar que el periodo de reclamación finaliza un año después del importe que debería haber percibido. Transcurrido este periodo de un año, ya no es posible reclamar el pago a la empresa. En este ejemplo, Carlos tiene hasta junio del año siguiente para reclamar la cantidad que le debe la empresa.

(b) exigir la rescisión del contrato de trabajo por impago o incumplimiento

Muchos trabajadores se cansan de que la empresa no les pague los salarios o les pague tarde y acaban en una situación insostenible en la que se plantean el despido voluntario. De este modo, el trabajador pierde su empleo no por voluntad propia, sino a causa de la infracción del empresario, y pierde también el derecho a percibir prestaciones de desempleo tras la jubilación.

¿Qué debo hacer?

En estos casos, la Ley de Normas Laborales establece un procedimiento por el que el trabajador puede solicitar la rescisión y extinción del contrato de trabajo por impago y recibir una indemnización igual al importe del despido improcedente (el máximo legal) y la prestación o subsidio por desempleo a que tenga derecho en función de las cotizaciones acumuladas.

Artículo 50: Despido a petición del trabajador.

(1) Que exista causa justa para la solicitud de extinción del contrato por parte del trabajador.
[...]
(b) Impago o retraso persistente en el pago del salario acordado.
[...]
(2) En este caso, el trabajador tiene derecho a la indemnización prevista en el despido improcedente.

En este caso, se deberá presentar una Papeleta de Conciliación solicitando la extinción del contrato de trabajo por impago o mora, pudiendo solicitar al mismo tiempo no sólo la extinción del contrato de trabajo sino también el abono de las cantidades adeudadas por la empresa.

Por ejemplo, la empresa de Mario no le paga los salarios desde marzo, por lo que decide ofrecerle un preaviso de despido debido a esta deuda. En caso de despido, la empresa debe exigir los salarios de marzo, abril, mayo, junio, el dinero del verano y julio.

Ejemplo: Juan siempre ha cobrado tarde de su empresa, y en los últimos seis meses siempre ha cobrado con dos meses de retraso, es decir, su sueldo de febrero lo cobró en abril y el de marzo en mayo.... Debería pedir el despido y, al mismo tiempo, reclamar todas las cantidades que no ha percibido hasta el momento.

Para hacer esta reclamación, no es necesario que la empresa le haya reclamado la cantidad que le debía en el pasado.

La presentación de un formulario de arbitraje y el posterior litigio no extinguen por sí solos la relación laboral. Si el juez decide que ha habido infracción por parte de la empresa, debe declararla extinguida. El empleado sigue estando obligado a presentarse a trabajar, pero hay formas de abstenerse de hacerlo, como se explica a continuación.

La jurisprudencia exige que el impago no sea esporádico y que las circunstancias y el incumplimiento sean graves. Esto puede entenderse como más de dos mensualidades +/- o más de cuatro mensualidades o más de 11 días de retraso en los pagos. Sin embargo, cuanto mayor sea la deuda y más largo el retraso, más probable es que esto ocurra.

El motivo de la incapacidad de la empresa para pagar y la culpa del empresario en estos impagos no influyen en la reclamación. El juez sólo tendrá en cuenta si el impago es grave y sustancial.

En el juicio, el trabajador puede reclamar los salarios adeudados hasta ese momento, y el hecho de que la empresa se haya conformado con el pago de la cantidad antes de la vista no es en sí mismo motivo para que el juez no resuelva el contrato porque hubo un impago anterior.

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Resumen
  • ¿Qué pasa si la empresa no me paga el salario?
  • (a) Métodos de liquidación
  • (b) exigir la rescisión del contrato de trabajo por impago o incumplimiento
  • José

    ¡Bienvenido a mi humilde blog! Soy José, empresario y novato escritor. Estudié ADE y después de años trabajando voy a intentar compartir mi conocimiento con todos vosotros. Si necesitas consejos y experiencias sobre este mundillo, no dudes en leerme.

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