Modelo contrato eventual por circunstancias de la producción
Cuando se celebra un contrato de trabajo formal, debe firmarse un acuerdo que confirme los intereses de las partes contratantes. Este documento es necesario para evitar inconvenientes o malentendidos en cualquier situación, incluido el empleo temporal durante un período determinado por la demanda del producto.
Este tipo de contrato formal por escrito cuenta con el apoyo del SEPE, que facilita un modelo de contrato de trabajo temporal en la producción que puede descargarse de la página web oficial. La siguiente sección ofrece más información sobre este tema.
¿Qué es un contrato de tránsito?
Un contrato de duración determinada es un documento que establece un contrato de trabajo entre una empresa o empleador y un trabajador por un periodo de tiempo determinado, en este caso por condiciones de producción.
Este contrato de trabajo puede celebrarse a tiempo completo o a tiempo parcial y se fija por escrito. También puede ser oral si la situación de producción de la que depende la duración del contrato es inferior a cuatro semanas a tiempo completo.
Este modelo puede descargarse de la web oficial del SEPE seleccionando la opción Envío.
Quizás te interesa:Duración máxima contrato obraMientras tanto, el SEPE ha creado un contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje que permite a los jóvenes acceder al mercado laboral y mejorar el potencial de la mano de obra.
Características jurídicas que regulan los contratos de duración determinada basados en las condiciones de producción
El artículo 3 del capítulo 1 "Contratos de duración determinada" del Real Decreto 2720/1998 define las siguientes características: Para más información sobre el programa SEPE, consulte www.pidetucitaprevia.es.
- Este tipo de contrato está diseñado para una situación de mercado específica. Las necesidades para las que se utilizará este documento pueden ser la acumulación de pedidos o las actividades normales de la empresa. Por lo tanto, las empresas adaptarán sus convenios colectivos en función de las necesidades que determinen el uso de este tipo de contrato.
- Todo contrato celebrado con este fin debe indicar claramente las razones de su existencia y precisar su duración. Si necesita información adicional, puede consultar a la oficina del SEPE. Para ello, es importante pedir cita previa en la oficina de empleo de Logroño o en otra oficina regional.
- La duración de las prácticas es de un año y se prolongan durante seis meses. La duración máxima del contrato y el periodo previo a su celebración pueden modificarse de conformidad con el convenio colectivo vigente. En cualquier caso, el periodo de referencia no será superior a 18 meses y la duración máxima del contrato no superará las tres cuartas partes del periodo de referencia establecido por la ley o la costumbre.
- El período de referencia legal o contractual se calcula a partir del momento en que se establecen las razones para recurrir al contrato de trabajo temporal.
- Si las necesidades de la empresa requieren un plazo inferior al plazo máximo legal o contractual, podrá estipularse una prórroga que no supere el plazo máximo si así lo acuerdan las partes.
Si recibe prestaciones del ERTE, es importante que sepa cómo se determinará la duración de sus pagos del ERTE por coronavirus.
Un contrato de trabajo temporal es un contrato a tiempo completo o parcial entre un empresario y un trabajador por un periodo de tiempo determinado.
Entre los tipos de contratos temporales figuran los denominados contratos temporales por motivos de producción.
Quizás te interesa:Como se paga en el contrato relevoEste contrato de duración determinada se explica con más detalle a continuación.
Tres casos de contratos de duración determinada por motivos de fabricación
Si una empresa se ve desbordada por un aumento inesperado y temporal del negocio y su plantilla normal es insuficiente, puede contratar a más trabajadores temporales.
Puede producirse un aumento de la situación de la producción en cualquiera de los siguientes casos.
- Debido al aumento de las exigencias situacionales. Cuando se produce un aumento imprevisto de las actividades normales que da lugar a la necesidad de trabajadores adicionales porque los trabajadores existentes no pueden cubrir todas las actividades que surgen.
- Debido a la acumulación de tareas laborales. Cuando existe un desequilibrio entre las actividades a realizar y el número de trabajadores debido a un aumento ocasional de la actividad o a una disminución del número de trabajadores y de su capacidad para hacer frente al aumento de la carga de trabajo.
- Debido al exceso de pedidos que no pueden atender los empleados en nómina. Se produce cuando factores de producción o de mercado provocan un aumento temporal de los pedidos en comparación con la demanda normal de la empresa.
En estos casos, los trabajadores pueden ser contratados temporalmente para hacer frente a circunstancias excepcionales en la producción de la empresa.
Contrato de duración determinada
La duración de los contratos temporales por motivos de fabricación se limita a 6 meses dentro de un periodo de 12 meses.
No obstante, la duración máxima y el periodo máximo por el que puede celebrarse un contrato pueden modificarse mediante convenio colectivo. No obstante, el periodo máximo no podrá exceder de 18 meses por cada periodo de 12 meses.
1. los contratos de trabajo pueden celebrarse por tiempo indefinido o fijo.
2. Los contratos de duración determinada podrán celebrarse por.
(...)
(b) cuando las actividades normales de la empresa requieran condiciones de mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. En tales casos, la duración del contrato no podrá ser superior a seis meses, pero no podrá exceder de 12 meses a partir de la fecha en que se produzca el suceso en cuestión. La duración máxima y el plazo de ejecución de estos contratos podrán ser modificados por convenios colectivos sectoriales nacionales o, en su defecto, por convenios colectivos sectoriales subordinados, teniendo en cuenta el carácter estacional de las actividades en las que puedan darse estas situaciones. En este caso, el plazo máximo de ejecución será de 18 meses y la duración del contrato no superará las tres cuartas partes del periodo de referencia especificado o un máximo de 12 meses.
(...)
Artículo 15, apartado 1, de la Ordenanza sobre los derechos de los trabajadores.
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