Plus de transporte obligatorio

Plus de transporte obligatorio

¿Hay que pagarlo, hay que pagarlo para todos los trabajadores, cuánto será y se pagará? Veamos la estructura de las primas de transporte.

Actualizado el 26 de enero de 2022.

¿Quién tiene derecho a la bonificación de transporte?

Plus de transporte obligatorio

Los pluses de transporte son sumas de dinero que los trabajadores reciben de la empresa para cubrir los gastos de desplazamiento. Suele estar reconocido en los convenios colectivos con diversos nombres, como complemento por distancia, complemento salarial o complemento de promoción, pero si compensa el coste del desplazamiento de casa al trabajo y viceversa, se trata de un complemento de promoción. Que el importe sea fijo o no, mensual o diario, depende del convenio colectivo.

Si se concede un complemento por promoción, debe indicarse claramente como tal en la nómina. Si no se declara, no se puede recibir. En la nómina debe incluirse en el apartado "Importe pagado", pero dependiendo del modelo de nómina que utilice la empresa, también puede incluirse en el apartado "Importe pagado fuera de nómina".

Ejemplos de primas de transporte en algunos convenios colectivos

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Cada convenio regula de forma diferente el pago de las primas de transporte, y algunos convenios no las regulan en absoluto. A continuación se ofrecen algunos ejemplos.

  • Convenios colectivos sobre instituciones financieras de crédito.   Artículo 31: "Subsidio de promoción". Se estableció un complemento de promoción de 3,57 euros por jornada laboral para cubrir los gastos de promoción del personal. Esta indemnización no se abonará los domingos, festivos, días de descanso y demás días en que el trabajador falte por causa justificada o injustificada".
  • Convenio colectivo nacional para el sector de las agencias de viajes (pdf): Se ofrece una bonificación de promoción de 115,69 euros al mes. Esta gratificación se abona en 11 plazos (no se abona en los meses de vacaciones y no hay pagas extraordinarias), pero puede repartirse en 12 períodos de pago si se notifica con antelación. El importe es el mismo independientemente del día laborable.
  • Convenio Colectivo del sector del Comercio del Metal de Madrid (pdf): En este caso, se trata de un "plus extrasalarial de transportes urbanos", abonado según la tabla salarial del año correspondiente, en función del periodo. 95,20-99,04 EUR, aunque los contratos de formación cuestan 58,43, 59,60 o 60,79 EUR según el año. Se abona durante 11 meses al año, pero puede fraccionarse en 12 periodos de pago. En caso de ausencias injustificadas, el importe puede reducirse proporcionalmente, ya que no hay coste por el número de días.

¿Cómo se reclaman las dietas de viaje para los contratos a tiempo parcial?

Conviene recordar que existen dos tipos de contratos a tiempo parcial: Contratos a tiempo parcial y contratos a tiempo parcial.

(a) Contratos en los que el empleado va a trabajar todos los días de la semana, pero sólo durante un pequeño número de horas, por ejemplo media jornada, en lugar de una jornada completa.

(b) Los contratos a tiempo parcial, en los que el trabajador trabaja menos días que con un contrato a tiempo completo, pero a jornada completa. Por ejemplo, una dependienta de unos grandes almacenes puede trabajar sólo sábados y domingos, mientras que una compañera con contrato a tiempo completo trabaja cinco días a la semana.

En el caso a), hay que tener en cuenta que las dietas de viaje se conceden para cubrir los gastos de asistencia y que estos gastos son los mismos independientemente del número de horas trabajadas al día.  Los empleados a tiempo parcial que trabajan cinco días a la semana y media jornada deben pagar los mismos gastos de viaje de ida y vuelta que los empleados a tiempo completo.

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Algunos convenios colectivos distinguen entre trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial, que perciben complementos en función de su jornada laboral. Sin embargo, la jurisprudencia, en concreto dos sentencias de la Audiencia Nacional de 20 de febrero de 2015, 27/2015 (pdf) y 28/2015, confirmadas por sentencia del TSJ de 3 de mayo de 2016, establece que se debe percibir el mismo complemento de promoción con independencia de la jornada realizada y del número de días trabajados Sólo es relevante el número de horas trabajadas, y los trabajadores a tiempo parcial que acuden todos los días a su puesto de trabajo deben percibir el mismo complemento de promoción que sus compañeros que trabajan a tiempo completo, con independencia del número de horas trabajadas.

No obstante, si trabaja menos días, por ejemplo, sólo algunos días a la semana, este subsidio puede reducirse proporcionalmente al número de días que trabaje, tal y como se explica en la letra b) anterior.

El plus de transporte es un complemento económico que la empresa abona al trabajador; normalmente este plus se destina a cubrir los gastos de desplazamiento al lugar de trabajo.

Dado que este plus es un derecho económico previsto en el convenio colectivo aplicable, no todo el mundo tiene derecho a él y no está expresamente reconocido en el Código de Trabajo.

¿Se trata de un complemento salarial o de una remuneración adicional?

Plus de transporte obligatorio

Por lo general, el plus de transporte se considera un complemento no salarial, ya que se trata de una cantidad que la empresa abona al trabajador para cubrir los gastos de desplazamiento diario entre el domicilio y el lugar de trabajo.

No obstante, esta asignación puede considerarse una asignación salarial si no está destinada a compensar al trabajador por los gastos de desplazamiento. Esto significa que si este subsidio se abona mensualmente, independientemente de que el trabajador trabaje o no, si se abona en vacaciones, durante una incapacidad temporal o durante un permiso retribuido, se considera un complemento salarial.

Por lo tanto, hay que tener en cuenta las disposiciones del convenio colectivo aplicable para determinar si se trata de un salario o de una prestación adicional.

¿Quién tiene derecho al complemento de promoción?

Sólo los trabajadores cubiertos por convenios colectivos que reconocen este derecho tienen derecho al complemento de promoción. También es posible que los trabajadores lleguen a un acuerdo con la empresa para recibir esta prestación aunque no esté reconocida en el convenio colectivo aplicable.

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Resumen

José

¡Bienvenido a mi humilde blog! Soy José, empresario y novato escritor. Estudié ADE y después de años trabajando voy a intentar compartir mi conocimiento con todos vosotros. Si necesitas consejos y experiencias sobre este mundillo, no dudes en leerme.

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