Régimen especial criterio de caja ejemplos

En los últimos años se han adoptado diversas medidas para simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las PYME. Uno de ellos es el "régimen especial del criterio de caja", que permite a determinados sujetos pasivos calcular el impuesto según el "criterio de caja", lo que facilita y agiliza la administración del IVA.

El objetivo de este blog es despejar dudas sobre el régimen especial del criterio de caja, que no es poco.

Lea este artículo para saber más.

  • ¿Qué es el régimen especial de las normas de caja?
  • ¿Qué ley establece un régimen especial para las normas de caja?
  • ¿A quién se aplican las normas de caja?
  • ¿A quién no se aplica el criterio de caja?
  • ¿Cuándo debe aplicarse el criterio de caja?
  • ¿Cómo funciona el criterio de caja?
  • 303 Formularios del sistema de normas especiales de caja
  • ¿Cómo afecta el criterio de caja al formulario 347?
  • Preguntas frecuentes sobre el criterio de caché

¿Cuál es la norma especial para los criterios de caja?

Régimen especial criterio de caja ejemplos

El régimen especial del criterio de caja es uno de los regímenes especiales del IVA y se basa en un sistema contable simplificado. Se trata de un conjunto de normas de tributación del IVA que pueden aplicar voluntariamente las empresas y los autónomos que cumplan determinadas condiciones.

El sistema permite a los profesionales calcular los impuestos utilizando el método denominado "de caja", según el cual el impuesto sobre la renta se paga sólo cuando se percibe (todo o parte) el volumen de negocios, lo que constituye una característica clave y una ventaja importante que lo distingue de los demás.

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Esta ventaja de limitar el momento de la deducción del IVA es también la otra cara de la moneda: cuando se deduce el IVA soportado de los gastos, el IVA soportado sólo puede deducirse cuando el IVA soportado se ha pagado en su totalidad.

¿Qué ley regula el régimen especial del criterio de caja?

El documento legal que regula este ámbito es la denominada "Ley del IVA", es decir, la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA, cuyo capítulo 10 explica los requisitos y características de todos los regímenes del IVA y del régimen especial del criterio de caja.

Este sistema está vigente desde 2014, tras la entrada en vigor de otra ley de apoyo a los emprendedores en España, la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (27 de septiembre).

El régimen especial de IVA de caja era una de las medidas más deseadas por los autónomos hasta que se adoptó como parte de la "Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización".

Así, las pymes y autónomos que opten voluntariamente por este régimen fiscal ya no tendrán que pagar el IVA a Hacienda por las facturas impagadas. No obstante, esta norma también se aplica a las facturas impagadas en las que el IVA no puede deducirse del IVA soportado que figura en la factura.

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Sin embargo, a pesar de las ventajas que supone para muchos autónomos y pequeñas empresas con problemas de tesorería, este régimen concreto de IVA de caja implica requisitos y especificaciones que deben conocerse de antemano, lo que hace que, en la práctica, esta medida rara vez sea aceptada y aplicada por las pequeñas empresas y los autónomos.

En particular, se recomienda encarecidamente a las PYME y a los autónomos que trabajan para grandes empresas que consideren la posibilidad de quedar excluidos como socios comerciales si el IVA se recauda según el criterio de caja y decidan si les compensa ganar liquidez o perder un socio comercial.

Para 2019 se prevén medidas adecuadas para introducir un sistema de verificación basado en el efectivo y un sistema eficaz de aplazamiento de los ingresos fiscales hasta el cobro de las facturas. Sin embargo, debido al bloqueo político y a la falta de apoyo parlamentario en la contabilidad pública, estas medidas previstas no se han aplicado.

Requisitos: ¿Quién puede solicitar el IVA de caja?

El principal requisito para los sujetos pasivos que deseen aplicar el régimen especial del criterio de caja es que su volumen de negocios anual o su volumen de actividad en el año natural anterior no supere los 2 millones de euros.

Para el cálculo del volumen de negocios anual se establecen los siguientes indicadores.

  • Si la actividad comercial o profesional se inició en el año natural anterior, el volumen de negocios debe incrementarse en ese año.
  • Si la actividad comercial o profesional no se inició en el año anterior, esta norma especial puede aplicarse en el año en curso.

También se incluyen las operaciones a las que se aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), pero en las condiciones establecidas en el artículo 24 del Código de Emprendedores y por el Gobierno de Canarias.

Artículo: ¿Cómo funciona el IVA de caja?

Para acogerse a este régimen especial de IVA, el empresario o profesional deberá solicitarlo corrigiendo los datos censales en el apartado de régimen de IVA de su empresa en el momento de presentar la declaración de inicio de actividad (Modelo 036 ó 037) o en el mes anterior al inicio del año natural en el que se vaya a realizar la solicitud.

Por lo tanto, se supone que las PYME y los autónomos tributarán con este sistema desde el principio y después. Sin embargo, si optan por una exención, ésta se aplicará durante al menos tres años o quedarán excluidos de este sistema.

En el caso de las operaciones acogidas al régimen especial del IVA de caja, el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del importe percibido. Si no se ha cobrado ninguna cantidad, el hecho imponible se produce el 31 de diciembre del año siguiente. Por lo tanto, como se ha mencionado anteriormente, debe quedar claro que el aplazamiento del pago del IVA a Hacienda es sólo temporal y que la totalidad del IVA se devenga a finales del año siguiente.

También debe indicarse cuándo se cobra la totalidad o parte de la transacción.

Si el IVA es exigible, se recauda en el momento de la facturación y la entrega, pero el IVA no se considera devengado hasta que es exigible, es decir, cuando se cobra la factura.

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Resumen

José

¡Bienvenido a mi humilde blog! Soy José, empresario y novato escritor. Estudié ADE y después de años trabajando voy a intentar compartir mi conocimiento con todos vosotros. Si necesitas consejos y experiencias sobre este mundillo, no dudes en leerme.

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