Se puede cotizar sin trabajar
Las cotizaciones a la seguridad social están estrechamente vinculadas a estar dado de alta en una empresa, tener un contrato de trabajo válido y trabajar en una empresa, pero sigue pendiente la cuestión de hasta qué punto están relacionados el trabajo y estas cotizaciones y si es posible pagar las cotizaciones a la seguridad social sin trabajar.
Para aclarar estas cuestiones, siempre es importante recordar en primer lugar que trabajar sin cotizar no es legal ni está permitido.
Si un empleado trabaja pero no se da de alta en la Seguridad Social, se considera fraude y perjudica tanto al empresario, cuya obligación de darse de alta en la Seguridad Social constituye una infracción de la ley, como al trabajador, que no recibirá las prestaciones y otras ayudas a las que tiene derecho si comprueba que no cotiza.
Contribuir sin trabajar: ¿Es posible?
Por otra parte, también es posible cotizar sin trabajar. Existen dos formas de hacerlo: percibir prestaciones contributivas o pensiones sujetas a deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y a un tipo de cotización reducido, o adherirse a un convenio especial con la Seguridad Social.
La primera opción está prevista en la legislación fiscal vigente, mientras que la segunda es menos conocida. Ambos refuerzan la disposición legal que establece que, en determinadas condiciones, es legal cotizar sin trabajar.
Quizás te interesa:Dejar un trabajo sin tener otroPara cotizar con el fin de percibir una pensión o prestaciones contributivas, deben darse una serie de circunstancias que permitan cotizar sin trabajar. En este caso, las cotizaciones están limitadas en el tiempo y suelen corresponder al periodo durante el cual se abona la prestación o la pensión.
El convenio especial de la Seguridad Social es un acuerdo voluntario entre el trabajador por cuenta ajena y el organismo de la Seguridad Social por el que el trabajador abona una prima mensual al organismo de la Seguridad Social para seguir cotizando.
Además, estos regímenes especiales permiten a todos cotizar mensualmente al INSS por prestaciones como invalidez, pensión y enfermedad general.
Cómo acceder a las disposiciones especiales del Convenio de Seguridad Social
Un requisito previo para celebrar un convenio de seguridad social es que la persona interesada no esté inscrita en una institución de seguridad social ni como trabajador por cuenta propia ni como trabajador por cuenta ajena.
También pueden tener derecho las personas que estén inscritas como trabajadores por cuenta ajena a tiempo completo al cumplir los 65 años y que hayan cotizado durante al menos 35 años.
Quizás te interesa:Indemnización por baja voluntariaAdemás, las personas con pluriempleo tienen derecho a acogerse a un régimen especial cuando finaliza uno de sus empleos. Esto les permite seguir pagando las primas por los otros empleos como antes y compensar las primas que ya no pagan por el empleo perdido.
Los trabajadores que han abandonado el desempleo y ya no pagan primas y los trabajadores a los que se ha certificado una incapacidad permanente total también pueden acogerse a estos regímenes. Si estas personas aceptan un empleo distinto del que ha provocado esta situación y lo abandonan, pueden cotizar adhiriéndose al convenio.
Si acepta un nuevo empleo pero sus cotizaciones son inferiores a las de su empleo anterior, puede suscribir un convenio especial para compensar la diferencia.
Este régimen especial puede abonarse cumplimentando el formulario TA-0040 en un plazo de 90 días a partir del año de cese de la relación laboral en la Caja Regional de la Dirección General de la Seguridad Social o en la oficina administrativa correspondiente. Si dispone de certificado electrónico, puede cumplimentar el formulario en línea a través de la opción "Inscripción en régimen especial".
A algunas personas les preocupa tener que seguir cotizando para obtener la pensión de jubilación que desean, aunque dejen de trabajar o no quieran hacerlo. Si este es el caso, en el siguiente apartado se explica si es posible cotizar sin trabajar en España.
¿Puedo cotizar a la Seguridad Social sin trabajar?
Es posible cotizar a la Seguridad Social sin trabajar, lo que se regula mediante un convenio especial con la Seguridad Social.
El convenio especial con la Seguridad Social es un acuerdo voluntario entre el trabajador y la TGSS (Dirección General de la Seguridad Social) que permite al trabajador seguir trabajando en lugar de pagar las primas mensuales al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
De esta forma, el periodo de convenio especial con la Seguridad Social se trata como si hubieran trabajado, por lo que pueden seguir cotizando para recibir una pensión más favorable cuando se jubilen.
¿Cuáles son las cotizaciones del convenio de seguridad social?
En el caso de los convenios especiales de Seguridad Social, hay que tener en cuenta que no todo el mundo paga las mismas cotizaciones, es decir, no hay cotizaciones fijadas por ley. Dentro del baremo existente, cada persona puede elegir la cantidad que desea aportar.
Si desea saber cuánto puede cotizar en virtud de un convenio especial con la Seguridad Social, debe ponerse en contacto con la TGSS. Le indicarán cuánto puede ingresar como máximo y cuánto como mínimo, en función de cuánto tiempo haya trabajado y cuántos años haya ahorrado.
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