Sociedad colectiva responsabilidad de los socios

Sociedad colectiva responsabilidad de los socios

Las sociedades colectivas son una forma de asociación conocida como "individualismo".

Caracterización

Sociedad colectiva responsabilidad de los socios

Artículo 125 Caracterización

Los socios son subsidiarios, ilimitados y responsables solidarios de las deudas de la sociedad.

Los acuerdos contrarios no son oponibles a terceros.

En una sociedad constituida en forma de sociedad colectiva, los socios son subsidiarios, ilimitados y responsables solidarios de las deudas de la sociedad. Es decir.

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  • Responsabilidad subsidiaria: un acreedor de una sociedad no puede acceder directamente a los bienes personales de un socio sin antes ejecutar los bienes de la sociedad para obtener la satisfacción de las obligaciones de ésta.
  • Responsabilidad ilimitada: los socios responden de las deudas de la sociedad con todos sus bienes, sin posibilidad de fijar límites.
  • Responsabilidad solidaria: el acreedor de una deuda no liquidada de la sociedad por la que no haya prosperado una reclamación de cobro contra la sociedad puede exigir el pago de la totalidad de la deuda no liquidada a todos o algunos de los socios, sin posibilidad de defensa basada en la participación parcial de todos los socios en la sociedad.

Los socios pueden acordar contractualmente responder de forma distinta a la prescrita por la ley, pero las limitaciones acordadas contractualmente por los socios no se aplican en relación con terceros.

Nombre

Artículo 126 (Denominaciones) Denominaciones.

El nombre de la Sociedad estará formado por las letras "Sociedad Colectiva" o su abreviatura.

Si la empresa funciona bajo una razón social, la razón social está formada por los nombres de algunos, algunos o todos los miembros. Si no figuran los nombres de todos los miembros, se incluirán las palabras "y sociedad" o su abreviatura.

Enmiendas.

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Si se cambia el nombre de una empresa, debe utilizarse de forma que quede claro que se trata de una empresa.

Sanciones.

En caso de incumplimiento del presente artículo, el abajo firmante responderá solidariamente con la Empresa de todas las responsabilidades derivadas del mismo.

Podrá constituirse una sociedad colectiva con arreglo al presente artículo de la Ley 19.550.

  • En el sistema de denominaciones sociales.
  • Dentro del sistema de denominaciones sociales.

Si lo desea, aquí puede informarse sobre la responsabilidad de los socios por las deudas de la empresa.

En este artículo web se lo explicamos.

  1. ¿Qué significa ser socio de una empresa?
  2. Derechos de los socios de una empresa
  3. Responsabilidad de los socios por las deudas de la sociedad

¿Qué significa ser socio de una empresa?

Sociedad colectiva responsabilidad de los socios

Una persona que se une a otras para trabajar en un proyecto común es un socio (de la palabra latina "socius") o un empleado. Esta relación viene definida por el contrato que suscriben, en el que se establecen sus respectivas responsabilidades en el conjunto del proyecto.

Desde un punto de vista jurídico, los deberes, derechos y poderes ya están definidos en este contrato cuando se crea la empresa. La constitución de una empresa crea una entidad independiente de los accionistas, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Así, se puede plantear un escenario en el que, por un lado, existe una persona jurídica, la sociedad, y, por otro, las personas físicas (socios en el caso de las SLU) que son accionistas de la sociedad.

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Derechos de los accionistas de una empresa

Antes de definir las responsabilidades de los socios en una empresa, hay que conocer los derechos que tienen los socios en la empresa.

En términos muy esquemáticos, los socios tienen derechos.

  1. asistir a las juntas generales, participar en la toma de decisiones de la empresa y ejercer sus derechos de voto. Derecho derivado de la adquisición de acciones, que puede ejercerse por delegación y que sólo puede suspenderse en las circunstancias excepcionales previstas en los estatutos de la sociedad.
  2. Oponerse a una resolución adoptada por la sociedad por ser contraria a la ley, a los estatutos o al reglamento de la junta general de la sociedad o por ser perjudicial para los intereses de la sociedad a favor de uno o varios accionistas.
  3. Derecho a recibir gratuitamente un informe escrito u oral del socio gestor sobre la situación de la empresa.
  4. Participación en los beneficios de la empresa.
  5. El derecho a recibir parte de las acciones de liquidación si la empresa va a disolverse.
  6. Derecho a ejercer un derecho preferente a adquirir nuevas acciones derivadas de una ampliación de capital en previsión de un posible nuevo comprador.

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Resumen

José

¡Bienvenido a mi humilde blog! Soy José, empresario y novato escritor. Estudié ADE y después de años trabajando voy a intentar compartir mi conocimiento con todos vosotros. Si necesitas consejos y experiencias sobre este mundillo, no dudes en leerme.

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