Sucesiones y donaciones castilla y león

La reforma reducirá hasta en un 99% la carga fiscal sobre sucesiones y donaciones entre familiares directos.

El pasado 9 de mayo entró en vigor en la Comunidad Autónoma de Castilla y León la nueva reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). De esta forma, se reducirá la carga fiscal de los ciudadanos de Castilla y León que sean beneficiarios tanto en vida como tras su fallecimiento. Esta medida introduce un régimen fiscal muy favorable a los familiares directos. La reforma prácticamente suprimió los impuestos y redujo los costes fiscales en un 99%.

Impuesto de sucesiones y donaciones

El ISD es un impuesto cedido a los municipios (artículo 32 de la Ley 22/2009). Esto significa que el Estado ha delegado en los municipios la facultad de

Introducir nuevas reducciones en la base imponible o mejorar los tipos impositivos ya establecidos a escala nacional.

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  • Importes y coeficientes para instalaciones existentes.
  • Deducciones y bonificaciones por importes asignados.

Las diferencias entre los municipios son, pues, bien conocidas. En cambio, para las donaciones por causa de muerte, el domicilio del difunto en el momento de su fallecimiento es determinante. No obstante, si la persona hubiera pasado más días en el territorio durante los cinco años anteriores a su fallecimiento, se aplican las normas del territorio en el que falleció, salvo que hubiera adquirido la nacionalidad de dicho territorio (artículo 32 de la Ley 22/2009). En cambio, en las donaciones inter vivos se tiene en cuenta el domicilio del donante (la persona que recibe la donación), salvo en el caso de los bienes inmuebles.

En resumen, si el causante tenía su residencia habitual en Castilla y León, se aplica la nueva reforma y el ISD debe presentarse en Castilla y León. En el caso de donaciones, si el bien está situado en Castilla y León, y en el caso de bienes muebles, si la persona que recibe la donación reside en Castilla y León.

Cambios en la nueva reforma del ISD en Castilla y León

Sucesiones y donaciones castilla y león

La Ley 3/2021, de 3 de mayo, introduce novedades en la reforma del ISD en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Este texto reglamentario entró en vigor el 9 de mayo de 2021.

Adquisición antes del nacimiento

La reforma introduce un nuevo artículo 20-2, que prevé una desgravación fiscal del 99% para las donaciones. Sin embargo, sólo si se cumplen las siguientes condiciones.

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  • El donatario debe ser el cónyuge, un descendiente o hijo adoptivo del donante o un ascendiente o padre adoptivo.
  • Debe formalizarse como documento oficial.

No obstante, se exigen depósitos en cuentas corrientes o de ahorro con desembolso diario o vencimiento acordado no destinadas a terceros, cuentas de gestión de tesorería, cuentas financieras o similares.

  • Deberá explicarse adecuadamente el origen de los fondos donados.
  • Debe ser un documento oficial.

Acquis Mortis Causa

El artículo 17 bis introduce un descuento del 99% del ISD sobre la herencia y sobre el importe percibido por los beneficiarios de los seguros de vida incluidos en la herencia. Este descuento sólo se aplica si el cesionario es cónyuge, descendiente o descendiente (incluidos los hijos adoptivos).

Es importante saber que está obligado a pagar impuestos cuando recibe una herencia o donación. Este impuesto se denomina impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD).

Este artículo explica todo lo que necesita saber sobre el impuesto de sucesiones y donaciones.

Normas del impuesto sobre sucesiones y donaciones

Este impuesto está regulado por ley estatal y se recauda en toda España.

La Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece que las ganancias patrimoniales (herencias, donaciones, legados...) obtenidas por personas físicas sin contraprestación El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava

Si es una persona jurídica la que recibe la plusvalía, tributa por el impuesto de sociedades y no por el impuesto de sucesiones.

La administración del impuesto de sucesiones y donaciones es competencia de las autoridades locales, cuyas normas varían de un municipio a otro.

Casi todos los municipios ofrecen exenciones fiscales, y el importe del impuesto varía considerablemente de un municipio a otro.

Casos en los que debe presentarse el impuesto sobre sucesiones y donaciones

El impuesto sobre sucesiones y donaciones se aplica a los compromisos de las personas físicas para lograr un incremento patrimonial, lo que incluye las indemnizaciones procedentes de pólizas de seguros de vida.

José Simarro Peñalver, abogado de herencias en Murcia y socio fundador de Simarro & García Abogados.

A efectos de la presentación de este impuesto, hay que partir de tres supuestos.

  1. Recepción de bienes o derechos por herencia, legado u otro derecho de sucesión ("adquisición por causa de muerte").
  2. Cuando los bienes se adquieren por donación antes del fallecimiento ("donación antes del fallecimiento").
  3. Si es beneficiario de un seguro de vida.

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Resumen

José

¡Bienvenido a mi humilde blog! Soy José, empresario y novato escritor. Estudié ADE y después de años trabajando voy a intentar compartir mi conocimiento con todos vosotros. Si necesitas consejos y experiencias sobre este mundillo, no dudes en leerme.

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