Vencimiento de la letra de cambio

Vencimiento de la letra de cambio

Un protesto de factura es una declaración de impago de la factura. Una letra de cambio es un requerimiento de pago, es decir, un documento comercial por el que una persona física o jurídica (el librador) ordena a otra persona, el librado, el pago de una determinada cantidad de dinero en un plazo determinado. Este pago puede efectuarse a un tercero beneficiario si la factura está endosada. Así, si el librador o el beneficiario no reciben el pago correspondiente, se levanta un protesto de factura.

Un protesto es un acto notarial por el que se declara que no se ha efectuado el pago. El protesto notarial puede sustituirse por una declaración firmada por el banco donde se depositó la factura. Debe realizarse un protesto notarial si la letra de cambio contiene expresamente las cláusulas "con protesto notarial", "con gastos" o similares. Si no se indica tal cláusula, no se admite ninguna protesta.

Procedimiento de legalización notarial de letras de cambio

Vencimiento de la letra de cambio

El librador o beneficiario puede oponerse en un plazo de tres días hábiles a partir de la fecha de vencimiento. Posteriormente, el notario debe preparar un libro de registro en el que se refleje la factura e informar al librador de que no se ha efectuado el pago y de que la factura ha sido protestada. En ese momento, el librador dispondrá de dos días hábiles para pagar la letra presentando ante el notario el protesto que éste estime oportuno; si transcurridos los dos días la letra no ha sido pagada, el notario devolverá la letra y el protesto escrito del notario, junto con la declaración del librador (si la hubiere), al La letra será devuelta al tenedor o librador, junto con la declaración que el librador hubiere formulado, a fin de que se ejerciten las acciones legales oportunas contra el librador.

Plazo de presentación

La fecha de vencimiento de una letra de cambio es, por tanto, muy importante. La fecha de vencimiento debe figurar claramente en la escritura como requisito formal y determina la fecha de vencimiento de la letra de cambio. Se pueden configurar varias opciones para la fecha.

  • Se puede establecer una fecha fija. La validez de esta carta finaliza en la fecha especificada en el documento. Es una fecha fija especificada en el documento.
  • Sin embargo, también es posible especificar un periodo de tiempo determinado a partir de la fecha o de un punto de vista, por ejemplo, al especificar un periodo de tiempo contado a partir de la fecha. En este caso, por ejemplo, se indicaría "dos meses a partir de la fecha" y el plazo sería de dos meses a partir de la fecha indicada en el documento y contados a partir de la fecha de aceptación por el librador o, en ausencia de dicha aceptación, a partir de la fecha del protesto o declaración equivalente.
  • Por otra parte, el plazo también puede fijarse desde la vista, es decir, desde la presentación de la letra de cambio. Por ejemplo, si la letra de cambio dice "10 días a partir de la vista", la letra expira el día en que se cumplen sus condiciones y se cuenta a partir del día de aceptación por el librador o, si esto no es posible, a partir del día del protesto o declaración equivalente.
  • Por último, el pago debe efectuarse en el plazo de un año a partir de la fecha de emisión, a menos que el emisor haya especificado un plazo más largo o más corto, que puede indicarse directamente "a la vista" y es pagadero en el momento de la presentación.

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José

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