Excedencia por cuidado de hijos y paro
En muchos casos, los padres primerizos necesitan solicitar una excedencia para cuidar de su hijo recién nacido o adoptado.
Aprenda todo lo que necesita saber sobre estas situaciones, incluidos sus derechos y cómo presentar una solicitud.
Actualización: 03 de octubre de 2022.
¿En qué consiste este permiso y quién tiene derecho a él?
Todo trabajador, hombre o mujer, con un hijo menor de tres años tiene derecho a un permiso parental para cuidar de él. También puede solicitarse en caso de adopción o acogida. La excedencia permite al trabajador ausentarse del trabajo durante un periodo determinado para cuidar de su hijo. Ni el trabajador ni la empresa pagan el salario del empleado, pero se mantiene el derecho a reincorporarse al trabajo al final del periodo de cuidados.
La excedencia por cuidado de hijos está prevista en el apartado 3 del artículo 46 de la Ley de Normas Laborales.
Quizás te interesa:Carta solicitud excedencia por cuidado de hijosEste permiso puede ser solicitado por la empresa en cualquier momento antes de que el hijo cumpla tres años. Se recomienda avisar por escrito con al menos 15 días de antelación. Algunos convenios colectivos pueden tener requisitos especiales (por ejemplo, solicitud por escrito, mayor periodo de preaviso).
El formulario de solicitud debe incluir el nombre y la fecha de nacimiento del hijo que solicita el permiso, así como las fechas de inicio y fin del permiso. Aquí puede descargar un modelo de formulario de solicitud (doc).
Antes de que comience la excedencia, la empresa debe abonar un salario al trabajador. Esto significa que la empresa debe abonar todo lo que el trabajador haya devengado hasta ese momento, incluido el salario mensual, las vacaciones no disfrutadas y las pagas extraordinarias. No se trata de una indemnización por despido, ya que no se pone fin a la relación laboral, sino que se abonan todos los devengos con el salario final si el trabajador no se reincorpora al trabajo.
¿Cuánto tiempo puedo disfrutar del permiso parental?
La excedencia puede disfrutarse hasta que el hijo cumpla tres años, pero no hay límite máximo ni mínimo de duración, es decir, puede solicitar un día o cuatro meses de excedencia siempre que el hijo permanezca hasta los tres años. También puede solicitar la excedencia por tramos, por ejemplo, los cuatro primeros meses, los cuatro siguientes, etc. Puede prorrogar la baja o volver a solicitarla cuando se reincorpore al trabajo. Si desea prolongar la excedencia, es aconsejable informar a la empresa por escrito de que desea reincorporarse al trabajo al final de la excedencia.
En caso de nacimiento de un nuevo hijo, puede tomarse el permiso hasta que el niño cumpla tres años.
Quizás te interesa:Excedencia voluntaria por cuidado de hijosLa excedencia de hasta tres años para el cuidado de cada hijo y la excedencia de hasta dos años para el cuidado de un familiar de segundo grado que no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe una actividad retribuida no se considerarán como empleo sujeto a cotización, pero durante estos periodos el trabajador quedará en situación asimilada a la de alta en el subsidio de desempleo.
En estos casos, procede, por tanto, a efectos de la concesión de la protección por desempleo, exigir que el trabajador se encuentre en situación asimilada al alta y computar el tiempo durante el cual el trabajador hubiera estado en dicha situación para determinar el período de empleo contributivo y el período de percepción de la prestación o subsidio por desempleo.
Esto significa que si un trabajador es despedido inmediatamente después de reincorporarse de sus vacaciones, el periodo de vacaciones no se tiene en cuenta para calcular el periodo de cotización, sino que se utiliza la base de cotización del periodo anterior a las vacaciones.
Durante una excedencia no se cotizan al seguro de desempleo y no se tienen en cuenta las cotizaciones, y para las prestaciones por desempleo ("el paro") se tienen en cuenta las cotizaciones de los últimos seis años, pero si ha habido una excedencia por cuidados durante este periodo de seis años, el tiempo de la excedencia no se computa, sino que se retrotrae al periodo de la excedencia.
Durante el primer año de excedencia para cuidar a un hijo o a un familiar de segundo grado, existe la obligación legal de reincorporar al trabajador al mismo puesto de trabajo. Transcurrido este plazo, la empresa está obligada a readmitir al trabajador en la misma categoría profesional o en una categoría equivalente. Si el empresario no cumple esta obligación, el despido es nulo. En este caso, es necesario impugnar la decisión del empresario para demostrar que el trabajador está en situación legal de desempleo y, por tanto, tiene derecho a la protección por desempleo.
RECORDATORIO:
Una excedencia no se considera legalmente un estado de desempleo (paro involuntario) y es necesaria para percibir prestaciones y subsidios, por lo que no puede utilizarse para solicitar prestaciones, ayudas o subsidios de desempleo.
Durante el periodo de ausencia, la relación laboral entre el trabajador y la empresa queda suspendida, es decir, el trabajador no tiene que trabajar y la empresa no tiene que pagar los salarios. No obstante, cabe señalar que la relación laboral no se interrumpe y que el período de excedencia se tiene en cuenta en el cálculo de la antigüedad y el trabajador tiene derecho a asistir a los cursos de formación profesional que ofrece la empresa.
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